Diferencia entre denuncia, demanda y querella:
Muchas veces son usadas como sinónimos pero tienen procesos e implicancias distintas.
Denuncia: Es la comunicación a las autoridades que se tiene el conocimiento de que alguien ha cometido algún hecho irregular o con características de delito.
Se puede realizar ante Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones, Ministerio Público (Fiscalía) o un Tribunal con competencia penal.
No requiere formalidad alguna, por lo que no se requiere una abogado/a para interponerla.
Demanda: Es una solicitud formal que requiere asistencia de un abogado/a, para poner en conocimiento de tribunales Civiles, Laborales o de Familia, alguna situación que afecte sus derechos.
Querella: Es una acción presentada ante tribunales penales con el fin de que se inicie una investigación por delitos que vulneren derechos de las personas.
Necesariamente se necesita la asistencia de un abogado/a.
El tribunal, luego de analizar si la querella cumple con los requisitos legales, la remitirá a la Fiscalía y se le asignará un o una fiscal que dará inicio a la investigación.
El querellante cumple un rol más activo en la tramitación del proceso judicial, puede solicitar audiencias y participar de las audiencias, y solicitar ciertas diligencias a la Fiscalía, por lo que tiene más derechos que un denunciante.
https://www.poderjudicialtv.cl/programas/capsulas-educativas/noticiero-judicial-capsula-educativa-cual-es-la-diferencia-entre-demanda-denuncia-y-querella/
¿Cómo es la investigación?
La investigación puede ser desformalizada o formalizada.
La investigación desformalizada implica la realización de diligencias previas a la formalización (primera audiencia del proceso judicial) que hace el Fiscal para averiguar qué pasó, quién estuvo involucrado/a y en qué circunstancias ocurrió el delito.
Una de las causas más comunes de término de una investigación desformalizada y no judicializada es el Archivo Provisional. Este término se da en casos que el fiscal no cuente con indicios suficientes o información para continuar con la investigación, el Fiscal puede suspender la investigación (se pone en pausa) siempre y cuando no se haya presentado querella ni haya intervenido aún algún tribunal.
Esta condición puede ser revertida cuando se incorporan nuevos antecedentes, solicitando la reapertura de la investigación, y la presentación de la querella también permite el desarchivo.
https://www.poderjudicialtv.cl/programas/capsulas-educativas/noticiero-judicial-capsula-educativa-cuando-una-causa-pasa-al-archivo-provisional/
La audiencia de formalización es la instancia donde se le informa al imputado el o los delitos sobre los cuales está siendo investigado. La investigación a contar de este momento, se denomina “investigación formalizada” y tiene un plazo máximo de investigación de 2 años.
Cuando haya concluido el plazo dispuesto por el Juez o Jueza para la investigación, o cuando el Fiscal sienta que ya ha agotado las diligencias investigativas posibles o cuando a su juicio ya haya reunido suficientes antecedentes, éste podrá tomar alguna de las siguientes opciones:
Decisión de no perseverar (DNP): Procede cuando no se hayan reunido suficientes antecedentes en la investigación para sostener una acusación. Esto dejará sin efecto la formalización y se levantarán las medidas cautelares que se hayan decretado.
Sobreseimiento: Procede cuando los hechos investigados no sean constitutivos de delito, la investigación haya determinado que el imputado/a es inocente, cuando se haya extinguido la responsabilidad penal, entre otras. El sobreseimiento pone término al procedimiento y no permite que éste sea abierto nuevamente.
Diligencias investigativas
Se trata de las acciones concretas ordenadas por el o la Fiscal para verificar los hechos y asegurarse de la participación del responsable en ellos. Estas pueden incluir la toma de declaración del imputado/a, la víctima y testigos, que se realice un peritaje físico, psicológico y/o social a las personas involucradas en el delito, fotografiar el lugar de los hechos, etc. Si se cuenta con querellante, este también puede solicitar diligencias e incorporar antecedentes.