Explorar la ayuda
Contarlo
Puedes contarlo a tu manera y a tu ritmo, aunque no sepas bien cómo decirlo. No tienes que contarlo todo de una vez ni tener todo claro, y tienes derecho a que te escuchen y te protejan.
A quién
A un adulto en quien confíes: tu madre o tu padre, otro familiar, un profesor o profesora, la orientadora, la psicóloga del colegio. A esa persona le corresponde escucharte y buscar ayuda para protegerte. Si no lo hace, está fallando en su responsabilidad; eso no desacredita lo que cuentas. Puedes acudir a otra persona o a los contactos de esta página, sin tener que resolverlo por tu cuenta.
Si no quieres hablar con alguien de tu entorno, pedirle a un adulto de confianza que escriba a la Fundación, llamar al 147 o escribirle a la Defensoría de la Niñez.
Cómo empezar
No necesitas las palabras exactas. Puedes empezar con frases como estas:
- «Tengo que contarte algo y me cuesta».
- «Alguien me hizo algo que no me gustó».
- «Hay una persona que me hace sentir incómoda».
- «¿Te puedo mostrar unos mensajes?»
También puedes escribirlo en una carta o en un mensaje.
Qué pasa si se lo cuentas a la Fundación
Antes de recibir tu relato, el equipo debe explicarte cómo resguardará la información y en qué situaciones deberá compartirla para protegerte o cumplir una obligación legal. Tienes derecho a recibir explicaciones comprensibles y a que tu opinión se tenga en cuenta.
Qué pasa si se denuncia
Si tú, tu familia o un adulto denuncia lo que pasó, empieza un proceso con varias etapas. Puede tomar meses, y cada caso avanza de manera distinta. Estas reglas existen para cuidarte durante ese proceso:
- Entrevista grabada. Una persona acreditada realiza una entrevista que se graba para la investigación. La ley busca evitar repeticiones innecesarias del relato y también regula la declaración ante el tribunal (Ley 21.057).
- No tienes que estar frente a la persona acusada. Si hay juicio, declaras en otra sala.
- Una segunda entrevista es excepcional y necesita la aprobación del Fiscal Regional o del Fiscal Jefe de la Fiscalía Supraterritorial, según corresponda (art. 10 de la Ley 21.057, modificado por la Ley 21.771).
- Tú mismo o tú misma puedes denunciar. Puedes ir sin un adulto a Carabineros, a la PDI o a la Fiscalía, y no pueden negarse a atenderte.
- Puedes tener protección. Un tribunal puede ordenar que esa persona no se te acerque.
- Puedes preguntar. Tienes derecho a que te expliquen qué está pasando y qué viene, con palabras que entiendas.
Después de contar
Después de contar pueden aparecer miedo, culpa, dudas, presión de otras personas o ganas de no hablar más del tema. Puedes decírselo a alguien de confianza o a quien te esté acompañando. Nadie debería juzgarte ni presionarte, ni para que cambies lo que contaste ni para que lo repitas.
